En
fallo de primera instancia la Procuraduría General destituyó e
inhabilitó por 20 años para ejercer cargos públicos a siete militares
adscritos al Batallón de Infantería Nro.41 “General Rafael Reyes
Prieto”, con sede en Cimitarra (Santander) por los hechos que rodearon
la muerte de dos jóvenes quienes fueron presentados como guerrilleros
abatidos en combate el 5 de marzo de 2008.
Según la investigación, los jóvenes fueron trasladados mediante engaños
desde el municipio de Soacha, Cundinamarca, hasta Santander. Cuando
llegaron allá fueron puestos a deposición de un grupo de uniformados que
los asesinaron y luego, según el informe oficial, reportados como
subversivos a los que se habrían enfrentado en un combate, el cual nunca
existió.
El Ministerio Público determinó que en el marco de la operación táctica
‘Marfil’ se registraron las bajas argumentando operativos adelantados
contra miembros de bandas criminales y grupos subversivos que realizaban
extorsiones a ganaderos y comerciantes de la región, y que pretendían
adelantar acciones terroristas contra los comerciantes que no accedieran
a sus peticiones. La misión culminó con la muerte de dos personas
ajenas al grupo ilegal, humildes y desempleadas que vivían con su
familias en la ciudad de Bogotá y que, por consiguiente, tenían la
calidad de personas protegidas.
Las pruebas señalan que las víctimas fueron contactadas por un tercero
en Bogotá, quien los engañó ofreciéndoles trabajo, para lograr
trasladarlos hasta el lugar de los hechos. Se determinó, además, que la
expedición de la Misión Táctica “Marfil” no tenía el fundamento real
aludido en la medida en que los boletines diarios de información
correspondientes a los días 3 y 4 de marzo de 2008 sobre la situación de
orden público vivida en el mencionado sector tampoco era el correcto.
Se estableció entonces que se manipularon documentos oficiales para dar
un carácter legal al homicidio de dos personas protegidas por la
normatividad interna e internacional.
Las faltas fueron calificadas como gravísimas a título de dolo, pues
fue por acción de los militares que estos hechos se produjeron y que
lesionó la función asignada al Ejército Nacional, específicamente el
respeto y protección de los derechos fundamentales “que para el presente
caso consistieron en privar del derecho a la vida valiéndose para ello
de la autorización constitucional, legal y administrativa que para el
caso se tiene cuando de combates armados se trata”, indica el fallo
disciplinario.
Los sancionados disciplinariamente son el teniente coronel Wilson Javier Castro Pinto, teniente Eduar Antonio Villany Realpe, sargento viceprimero Jesús Eduardo
Niampira Benavides; y los soldados profesionales Nelson Ospina Tabares,
Juan Carlos Álvarez, Germán Augusto Oliveros Tavares y Benancio Puentes
Guapacha, orgánicos del Batallón de Infantería Nro.41 “General Rafael
Reyes Prieto” con sede en Cimitarra (Santander)
El Espectador
Tomado de ANNCOL
Tomado de ANNCOL
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