viernes, 22 de noviembre de 2013

Chevron-Texaco contra el pueblo ecuatoriano


La empresa transnacional estadounidense Chevron-Texaco ha puesto en marcha una campaña implacable contra Ecuador y contra las personas afectadas por la contaminación generada con sus operaciones en la Amazonía ecuatoriana. Son más de 400 millones de dólares los que está utilizando para pagar abogados, medios de comunicación, iniciar procedimientos judiciales de todo tipo y en todo lugar, difamar, mentir… Todo ello, con la complicidad del gobierno de EEUU y el silencio del conjunto de los gobiernos europeos, los mismos que defienden la “seguridad jurídica” de las grandes corporaciones cuando estas han sido expropiadas por violar derechos humanos.

La petrolera Texaco se dedicó a la extracción de crudo en la Amazonía ecuatoriana durante tres décadas (1964-1992). En ese periodo vertió 80.000 toneladas de residuos petrolíferos, una cantidad 85 veces superior a la vertida por BP en el Golfo de México. Después de salir del país, la empresa dejó tras de sí unos daños ambientales que, según peritos internacionales, han provocado la muerte de más de mil personas, todos ellas afectadas de cáncer.

En año 1993, las víctimas ecuatorianas de las prácticas de Texaco demandaron a esta compañía estadounidense ante un tribunal de Nueva York. Pero el fallo dio la razón a la multinacional y el asunto regresó a Ecuador; la transnacional daba por zanjado el conflicto. En 2011, sin embargo, un tribunal de primera instancia ecuatoriano emitió una sentencia por la que Chevron-Texaco —Chevron había comprado a Texaco en 2001— debía pagar 19.000 millones de dólares a las comunidades; aunque fue recurrido, el tribunal provincial ratificó el fallo. Ahora la Corte Nacional de Justicia de Ecuador acaba de volver a ratificar la sentencia, rebajando a 8.646 millones de dólares la sanción económica.

A partir de ahí, la empresa no acepta la sentencia ni los procedimientos judiciales, no asume sus responsabilidades y pone en marcha todos los mecanismos del Derecho Corporativo Global para favorecer sus propios intereses. En realidad, no acepta la soberanía nacional de Ecuador, y se aprovecha de un sistema jurídico internacional completamente asimétrico y disparatado.

Y es que el poder político, económico y jurídico que tienen las empresas transnacionales les permite actuar con un alto grado de impunidad; sus derechos se protegen por el conjunto de contratos, normas de comercio e inversiones de carácter multilateral, regional y bilateral, y decisiones de los tribunales arbitrales internacionales que conforman la lex mercatoria. A la vez, sus obligaciones se regulan por Estados sometidos a la lógica neoliberal; es decir, se construyen legislaciones ad hoc para la defensa de los intereses de las transnacionales.

El Derecho Internacional de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional del Trabajo presentan una manifiesta fragilidad para la tutela de los derechos de las mayorías sociales frente a los intereses del capital. Y la Responsabilidad Social Corporativa y los códigos de conducta son fórmulas de Derecho blando —voluntario, unilateral y sin exigibilidad jurídica— que no sirven para contener el poder de las grandes corporaciones.

La fuerte asimetría existente entre las garantías y eficacia jurídicas del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y los sistemas de arbitraje previstos en los tratados bilaterales o regionales de comercio e inversiones, al final, sitúa a las empresas transnacionales en planos jerárquicamente superiores a los derechos de las mayorías sociales. Y las multinacionales son las beneficiarias de los mecanismos de resolución de conflictos en los tribunales arbitrales, ya que los laudos resultantes tienen plena eficacia y su inobservancia puede acarrear consecuencias económicas mucho más duras que su cumplimiento.

En este marco, en el que las relaciones de poder sustituyen a las normas jurídicas, las corporaciones transnacionales intentan desplazar los efectos negativos de sus prácticas a un laberinto jurídico auspiciado por las multinacionales del Derecho al servicio del capital. Así, sus representantes legales cobran millonarias minutas, compran testigos, modifican los hechos, convierten al culpable en inocente, retuercen la interpretación de las normas y, lo más grave jurídicamente hablando, sitúan en el vértice de la pirámide normativa los derechos de las grandes empresas en vez de los de las mayorías.

Los grandes despachos de abogados que asesoran a las compañías multinacionales han transformado sus funciones, pasando de defender los intereses de sus clientes a convertirse en verdaderos garantes del nuevo orden feudal transnacional. Se trata de una nueva generación de abogados-empresarios con alta cualificación, amplia información, numerosos canales de poder y plena identificación con la mercantilización del Derecho; contraponen a la ética profesional el lobby político, especializándose en contenciosos económicos y utilizando estrategias de todo tipo.

Eso sí, cuando se encuentran fallos en la armadura legal sobre la que se edifica el ordenamiento jurídico global capitalista, la guerra jurídica adquiere otra dimensión.

En el caso que nos ocupa, Chevron-Texaco decidió utilizar el tratado bilateral de protección de inversiones entre EEUU y Ecuador —que entró en vigor en 1997—para denunciar a este país ante la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya, tribunal arbitral que el gobierno ecuatoriano debía aceptar por “orden” del mencionado tratado. Sorprenden aquí dos hechos: primero, la quiebra del principio de retroactividad, ya que el tratado entró en vigor cinco años después de que Texaco abandonara el país; segundo, no fue el Estado ecuatoriano quien demandó a la multinacional sino las comunidades afectadas, por lo que el tratado bilateral no debía haberse activado en ningún caso. No obstante, La Haya se declaró competente y suspendió la ejecución de la sentencia de los tribunales ecuatorianos que era favorable a los afectados.

Los tratados y acuerdos comerciales responden a un régimen bilateral que encubre la tutela unilateral y privilegiada a favor de los inversionistas, frente a la capacidad de regulación del Estado receptor. Son tribunales de parte, que basan su legitimidad en una normativa profundamente asimétrica e injusta, quedando así la soberanía nacional sometida al poder trasnacional. Ahora bien, la Convención de Viena establece que todo tratado que afecte a una norma imperativa de Derecho Internacional es nulo; los tratados bilaterales de protección de inversiones, por tanto, deberían estar supeditados a las normas mencionadas en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en los pactos, tratados y convenciones internacionales de derechos humanos y ambientales.

A pesar de todo, Chevron-Texaco continúa con la guerra jurídica: en 2010, demandó ante la Corte Federal de Nueva York a los representantes legales de las comunidades denunciantes por asociación criminal con objeto de chantajear a la petrolera. La multinacional solicita, además, que sea Ecuador quien se encargue de abonar la indemnización a la que el tribunal ecuatoriano les ha condenado. Parece que en las próximas semanas se resolverá este caso; si el Estado ecuatoriano finalmente tuviera que reembolsar a la petrolera la compensación que esta debería pagar a las poblaciones damnificadas, el impacto sobre el pueblo ecuatoriano será de dimensiones catastróficas.

En este caso hemos visto cómo se han creado testigos falsos, se distorsionan pruebas, se desprestigia el poder judicial de Ecuador, se pone en marcha una nueva forma de colonización por parte del poder judicial estadounidense, Chevron-Texaco es defendida sin fisuras por el país de origen de la transnacional y, en definitiva, la guerra jurídica contra Ecuador se sustenta en la defensa de un orden jurídico-económico internacional radicalmente injusto.

Con ello, vuelve a ponerse de manifiesto cómo las empresas transnacionales se convierten en poderosos agentes que condicionan directa o indirectamente la producción normativa estatal e internacional, mediante acuerdos formales e informales a escala mundial y a través de mecanismos específicos de resolución de conflictos, al margen de los criterios y fundamentos de la separación de poderes. El modus operando aquí descrito no es diferente al empleado por otras empresas en otros países; al fin y al cabo, se trata tanto de una arquitectura jurídica global como de unos impactos socioambientales que tienen carácter sistemático, del que las transnacionales son las principales responsables y las máximas beneficiarias.

Chevron-Texaco debería cumplir la sentencia, abonar las indemnizaciones correspondientes y someterse al ordenamiento jurídico de Ecuador. En esa misma línea, el abandono de tribunales de arbitraje como el CIADI y la exigencia de normas vinculantes para las multinacionales en el seno de Naciones Unidas —dos peticiones recientemente lideradas a nivel internacional por el gobierno ecuatoriano—, así como la aprobación de un Tratado Internacional de los Pueblos para el control de las empresas transnacionales, son propuestas globales contra la impunidad que sin duda merecen ser apoyadas.

Juan Hernández Zubizarreta y Pedro Ramiro

Tomado de  http://omal.info


Juan Hernández Zubizarreta, profesor de la Universidad del País Vasco (UPV/EHU), y Pedro Ramiro, coordinador del Observatorio de Multinacionales en América Latina (OMAL)Paz con Dignidad.
- Este artículo ha sido publicado en Gara, 22 de noviembre de 2013.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

ShareThis