viernes, 21 de diciembre de 2012

Corte Interamericana condenó a Colombia por masacre en Santo Domingo

Agencia de Noticias Nueva Colombia, ANNCOL
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El gobierno de JMSantos ha intentado, igual como lo de Uribe, de voltear la
responsabilidad del bombardeo de la FAC a las FARC. Los voceros oficiales han dado
su aporte también, como podemos ver de la portada de El Tiempo. Pero en vano, por
la Corte Intermericana de DD.HH. sentenció al Estado Colombiano como culpable por
la matanza en Santo Domingo.

Por: Camilo Raigozo

La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó a Colombia por la masacre de Santo Domingo, en la que perdieron la vida 17 personas, entre ellas 6 niños y otras 27 quedaron gravemente heridas, 10 niños entre ellas, por el bombardeo de la Fuerza Aérea Colombiana (FAC) el 13 de diciembre de 1998.
 
En un principio, como es costumbre, las Fuerzas Militares en alianza con la dictadura mediática, pretendieron engañar al país y al mundo culpando del execrable múltiple crimen a las FARC-EP.
 
Según la Corte las pruebas técnicas avaladas por Cortes colombianas fueron suficientes para concluir que fue la bomba cluster (racimo) lanzada por la Fuerza Aérea y no una bomba de las FARC-EP, la que provocó la masacre de Santo Domingo, coartada que esgrimió el régimen colombiano para ocultar la responsabilidad de sus fuerzas militares y desprestigiar a la insurgencia.
 
El organismo interamericano culpó al Estado colombiano de incumplir su obligación de garantizar el derecho a la vida e integridad de la población, por los ametrallamientos contra la población civil por parte de la Fuerza Aérea Colombiana.
 
“La Corte también concluyó que el Estado había incumplido con su deber de protección especial de las niñas y niños afectados por los hechos de Santo Domingo, toda vez que no cumplió con su obligación especial de protección en el marco de un conflicto armado no internacional”, dice un aparte del veredicto.
 
El gobierno de Santos sufre su segunda derrota
judicial en el ámbito internacional con la sentencia
de la CIDH. La primera fue con Nicaragua.
 
En la condena al Estado también se le ordena realizar un acto de reconocimiento de su responsabilidad internacional y brindar un tratamiento de salud integral a las víctimas.
 
Del mismo modo, el Estado debe otorgar y ejecutar en el plazo de un año las indemnizaciones y compensaciones pertinentes por concepto de daños materiales e inmateriales, a favor de varias de las víctimas heridas y de varios de los familiares de víctimas que no acudieron a la jurisdicción de lo contencioso administrativo.
 

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