El
comandante Pablo Catatumbo presentó el nuevo programa de la
organización insurgente. A su lados los comandantes Ricardo Tellez e
Iván Márquez
La Habana, Cuba, sede de los Diálogos de Paz, enero 14 de 2014
Como una contribución
para avanzar en la solución de la problemática económica y social del
campesinado que se ha visto obligado a cultivar la hoja de coca, la
amapola o la marihuana, a fin de avanzar en la generación de condiciones
materiales e inmateriales para el buen vivir de las comunidades
campesinas y de los núcleos familiares que las conforman, las FARC- EP
presentan los siguientes lineamientos básicos para la formulación de un
"Programa nacional de sustitución de los usos ilícitos de los cultivos
de hoja de coca, amapola o marihuana", que en su espíritu y contenidos
esenciales se fundamenta en la propuesta de plan piloto para Cartagena
del Chairá, presentada por el Comandante Manuel Marulanda Vélez (Leer documento)en
San Vicente del Caguán, el 16 de junio de 2000. Esta propuesta ha sido
actualizada y rediseñada teniendo en cuenta los rasgos asumidos por esta
problemática durante los últimos lustros, las tendencias del debate
político y académico, y las nuevas definiciones que se vienen abriendo
paso a nivel internacional en el diseño de políticas en este campo, como
los avances concretados en los acuerdos parciales referidos a los
puntos 1 y 2 del Acuerdo general de La Habana.
- 1.Propósito general del Programa
Generar condiciones
materiales e inmateriales para el buen vivir de las comunidades
campesinas y de los núcleos familiares que las conforman, que en la
actualidad derivan su subsistencia precaria de cultivos de hoja de coca,
amapola y marihuana, en un contexto de transformaciones estructurales
de la sociedad rural, propias del proceso de reforma rural y agraria
integral, socioambiental, democrática y participativa, que reclaman el
país y los desposeídos del campo.
- 2.Objetivos del Programa
El Programa busca los siguientes objetivos:
- 2.1.Contribuir a las
transformaciones estructurales de la sociedad rural, propias del proceso
de reforma rural y agraria integral, socioambiental, democrática y
participativa, que reclaman el país y los desposeídos del campo.
- 2.2.Superar las
condiciones de pobreza y miseria de comunidades campesinas y de los
núcleos familiares que las conforman, que se han visto forzadas, por su
situación socioeconómica, a la producción de hoja de coca, amapola y
marihuana. En igual sentido, de todos los trabajadores vinculados al
proceso de producción: recolectores, amedieros y demás obreros.
- 2.3.Fortalecer las
comunidades campesinas con base en el reconocimiento de su capacidad de
gobierno y de gestión autónomas sobre el territorio.
- 2.4.Promover la
sustitución voluntaria de los usos ilícitos de los cultivos de hoja de
coca, amapola y marihuana, mediante el impulso de planes de desarrollo
alternativo, diseñados en forma concertada y con la participación
directa de las comunidades involucradas.
- 2.5.A través de la
intervención directa del Estado, regular la producción y el mercado de
la hoja de coca, la amapola y la marihuana, con base en el
reconocimiento de las cualidades alimenticias, medicinales, terapéuticas
y culturales, a definir en cada caso, así como de sus posibilidades
artesanales e industriales.
- 2.6.Contribuir a la soberanía y la seguridad alimentarias de la Nación.
- 3.Condiciones para la realización del Programa
Para la implementación
del Programa se requieren garantizar condiciones básicas políticas,
económicas, sociales, de política criminal y de tratamiento de orden
público:
- 3.1.Definición del
Programa Nacional como capítulo especial del proceso de reforma rural y
agraria integral, socioambiental, democrática y participativa
El "Programa Nacional
de sustitución de los usos ilícitos de los cultivos de hoja de coca,
amapola o marihuana" será definido como capítulo especial del proceso de
reforma rural y agraria integral, socioambiental, democrática y
participativa. En ese sentido, el Programa deberá ser contentivo del
derecho a la tierra y el territorio, que se debe garantizar a los
campesinos y a las comunidades campesinas, así como de todas las
políticas e instrumentos requeridos para hacerlo efectivo en términos
reales y materiales, de acuerdo con las propuestas formuladas al
respecto por las FARC-EP, y en consonancia con los acuerdos parciales
pactados con el Gobierno nacional en la Mesa de conversaciones.
Particular importancia reviste el reconocimiento efectivo de las Zonas
de Reserva Campesina. El Programa deberá incorporarse además en el Plan
Nacional de Desarrollo del próximo gobierno.
- 3.2.Definición concertada de los territorios objeto del Programa
Con base en los
instrumentos técnicos propios de la referenciación geográfica y de la
cartografía social, se procederá – con la participación directa de las
FARC-EP y de las comunidades involucradas – a la definición de los
territorios y áreas específicas del Programa. Según el caso y de acuerdo
con las definiciones más precisas del Programa, se podrán establecer
territorios o zonas geográficas a priorizar.
- 3.3.No afectación de territorios y zonas objeto del Programa con explotaciones mineras o de hidrocarburos
Teniendo en cuenta que
los territorios y zonas objeto del Programase inscriben dentro de un
concepto de desarrollo alternativo para la soberanía y la seguridad
alimentarias de la Nación, éstos serán excluidos de cualquier proyecto
de minería a cielo abierto y gran escala, o de exploración y extracción
de hidrocarburos.
- 3.4.Conformación de Consejos para el diseño y la implementación del Programa en diferentes niveles
En consideración al
carácter político, económico, social, ambiental y cultural del problema a
enfrentar, se requiere la más amplia participación de las comunidades
directamente involucradas. En ese sentido, se conformarán Consejos
participativos de dirección y coordinación del Programa así:
- a)Asambleas y Consejos comunitarios del Programa
La base el Programa se
encuentra en las Asambleas y los Consejos comunitarios. Las Asambleas
comunitarias estarán conformadas por los integrantes de las comunidades
campesinas de productores de hoja de coca, amapola y marihuana, según el
caso. Su función principal consiste en la definición de los
lineamientos principales del Programa en la respectiva jurisdicción, así
como en la designación de los representantes de las Juntas comunales en
el Consejo Comunitario. El Consejo Comunitario, con base en las
definiciones de la Asamblea comunitaria, tendrá la función de definir el
Programa local, las políticas, los instrumentos y los mecanismos para
su implementación, así como el seguimiento a su ejecución y
cumplimiento. De las Asambleas y Consejos Comunitarios saldrá el
Programa a ser concertado con el Gobierno en los Consejos Locales.
- b)Consejos locales del Programa
Se conformarán
Consejos Locales del Programa, integrados por representantes del
Gobierno en el nivel municipal, de las FARC-EP y de los Consejos
Comunitarios. Los Consejos locales representan instancias de
concertación, diseño y definición del Programa en el nivel local, así
como de las de las políticas, de los instrumentos y los mecanismos para
su implementación, así como en el seguimiento a su ejecución y
cumplimiento.
- c)Consejos Territoriales del Programa
Se conformarán los
Consejos Territoriales del Programa, integrados por representantes del
Gobierno en el nivel departamental, delegados de los gobiernos
municipales, de las FARC-EP, y de los Consejos Comunitarios de los
respectivos territorios. Sus principales funciones consisten en el
diseño concertado del Programa en el nivel territorial, en la definición
de las políticas, de los instrumentos y los mecanismos para su
implementación, así como en el seguimiento a su ejecución y
cumplimiento, atendiendo lo establecido de los Programas locales.
- d)Consejo Nacional del Programa
Se conformará el
Consejo Nacional del Programa, integrado por representantes del Gobierno
nacional, delegados de los gobiernos departamentales, de las FARC-EP, y
de las comunidades campesinas organizadas. Sus principales funciones
consisten en el diseño concertado del Programa Nacional, en la
definición de las políticas, de los instrumentos y los mecanismos para
su implementación, así como en el seguimiento a su ejecución y
cumplimiento, atendiendo lo establecido de los Programas territoriales.
- 3.5.Desmilitarización de los territorios y zonas objeto del Programa
La puesta en marcha
del Programa supone la provisión de garantías y condiciones de seguridad
para la población campesina que habita los territorios y las zonas
objeto del Programa. Por ello, se hace necesario el inicio inmediato de
la desmilitarización de dichos territorios, y su consecuente exclusión
como zonas de guerra y de los "Planes de consolidación". Los territorios
objeto del Programa serán definidos como "Territorios de construcción
de paz con justicia social". La presencia del Estado deberá concentrarse
en la provisión de bienes comunes, de dotaciones infraestructurales
físicas, sociales y de recuperación ambiental, así como en el impulso y
el apoyo a economías campesinas y populares sostenibles.
- 3.6.Suspensión de las aspersiones aéreas con agentes químicos y de la erradicación forzada de cultivos
El carácter voluntario
y concertado del Programa impone generar confianza en los campesinos
productores; conlleva en consecuencia, como contraprestación del
Gobierno nacional, la suspensión inmediata de las aspersiones aéreas con
agentes químicos como el glifosato sobre los cultivos de hoja de coca,
amapola y marihuana en los territorios y zonas del Programa. De igual
forma, la suspensión de la erradicación forzada de dichos cultivos.
- 3.7.Revisión de la política criminal del Estado
El Programa presume la
revisión inmediata de la actual política criminal del Estado, centrada
en la persecución, la estigmatización y la criminalización de los
campesinos productores. En ese sentido, se deben proveer los diseños
normativos a que hubiere lugar con miras a garantizar un tratamiento de
las problemática de los cultivos acorde con su naturaleza económica,
social y cultural.
- 3.8.Medidas extraordinarias de carácter económico y social
En atención a que el
Programa será de implementación gradual, se deben convenir con las
comunidades campesinas y los núcleos familiares que las conforman, en
las instancias correspondientes, medidas extraordinarias de carácter
económico y social, tendientes a garantizar condiciones dignas de vida y
de trabajo. Para tal efecto, se otorgará a cada familia una renta
básica mensual hasta el momento en que se garantice la sostenibilidad
económica y social de los planes y proyectos que conforman el Programa.
La renta básica también cubrirá atodos los trabajadores de los cultivos,
recolectores, amedieros y demás obreros, que conforman una masa laboral
móvil vinculada al proceso de producción. En igual sentido, la
comunidad campesina, de la que hace parte el núcleo familiar, recibirá
una renta especial para la financiación y el sostenimiento de la
actividad comunitaria, especialmente en lo referido a sus aspectos
organizativos y socioculturales.
- 4.Contenidos básicos del Programa
El Programa debe
partir de una consideración básica: El problema a enfrentar no resulta
de los cultivos campesinos de hoja de coca, amapola y marihuana, sino de
los usos ilícitos que se le dan a éstos. En ese sentido, más que
combatir la producción, de lo que se trata es de regularla o de
sustituirla, según el caso. El Programa se distancia en su concepción de
políticas prohibicionistas o de interdicción, y pretende más bien
buscarle una salida a la problemática económica y social que ha llevado a
sectores del campesinado a convertirse en los eslabones más débiles de
una empresa capitalista transnacional de carácter criminal. Un
fundamento indiscutible de esa salida se encuentra en el carácter
voluntario y concertado y, por tanto, en la manifiesta voluntad política
de las comunidades campesinas de transitar caminos alternativos, a fin
de generar condiciones para garantizar condiciones dignas de vida y de
trabajo, su buen vivir.
Teniendo en cuenta lo anterior, el Programa debe considerar dos componentes:
- a)Un componente de
sustitución voluntaria de los usos ilícitos de los cultivos de hoja de
coca, amapola y marihuana, mediante el impulso de planes de desarrollo
alternativo, diseñados en forma concertada y con la participación
directa de las comunidades involucradas.
- b)Un componente
adicional de sustitución voluntaria de los usos ilícitos de los cultivos
de hoja de coca, amapola y marihuana, a través de la intervención
directa del Estado para regular la producción y el mercado, considerando
las cualidades alimenticias, nutricionales, medicinales, terapéuticas y
culturales, según el caso, así como su potencial económico.
Por ello, las
estipulaciones iniciales del Programa se refieren a la definición de los
territorios y zonas que serán objeto de sustitución voluntaria y
concertada de cultivos por planes de desarrollo alternativo, por una
parte. Y los territorios y zonas en los que se mantendrá, por voluntad
de los productores, una producción regulada por el Estado sea a través
de procesamientos lícitos artesanales o industriales o de un sistema de
compras estatales, orientados al abastecimiento del mercado interno o a
la atención de la demanda internacional, por la otra.
En cada caso, deberá
realizarse un diagnóstico del respectivo territorio o zona, de acuerdo
con parámetros técnicos, con el fin de establecer la situación política,
organizativa, social, cultural, ambiental, así como de dotación de
infraestructura física, social e institucional. La formulación del
diagnóstico se fundamenta en la participación directa y activa de las
comunidades involucradas, en cooperación con técnicos y expertos en
diversas disciplinas de las ciencias sociales, técnicas y naturales, que
serán provistos por el Programa a petición de las comunidades. La
formulación del diagnóstico deberá conducir a la identificación de las
diferentes necesidades de las comunidades, así como de las dotaciones de
infraestructura requeridas para atenderlas.
- 4.1.Sustitución de usos ilícitos a través de "Planes de desarrollo alternativo"
En el caso de los
territorios y zonas en los que se defina la sustitución de cultivos, el
diagnóstico deberá llevar a la formulación de los lineamientos generales
de los "Planes de desarrollo alternativo", de sus propósitos y
objetivos, así como al establecimiento de metas y prioridades. Los
"Planes alternativos de desarrollo" estarán conformados por programas y
proyectos específicos de inversión, elaborados por las propias
comunidades, en cooperación con los técnicos y expertos. Los programas y
proyectos serán cuantificados en su totalidad a fin de establecer el
valor total del Plan y los recursos requeridos para su ejecución. Los
"Planes de desarrollo alternativo" tendrán un horizonte de cinco años y
serán desagregados en presupuestos plurianuales de inversión, que
permitirán hacer seguimiento a las metas y compromisos pactados con el
Estado. En todo caso, se sustentan en el principio de la gradualidad de
la sustitución de los cultivos, la cual será definida de manera expresa,
con metas anuales verificables.
Los "Planes de
desarrollo alternativo" deberán contribuir a garantizar las condiciones
de sostenibilidad económica, social y ambiental de los respectivos
territorios y zonas. Por ello, la definición de las actividades
productivas y de generación de servicios que sustituirán la producción
de hoja de coca, amapola y marihuana ocupan un lugar central. En ese
aspecto, los planes deberán promover la producción de alimentos,
incluidos procesamientos artesanales o industriales, según el caso, para
cubrir en primera instancia la demanda de las propias comunidades, pero
también nichos del mercado interno, o incluso para abastecimientos del
mercado internacional, especialmente de los países vecinos. De igual
forma, deben contemplar formas de articulación o encadenamientos hacia
redes interterritoriales de economía popular. El Estado garantizará
precios de sustentación para los excedentes producidos, con
independencia de las fluctuaciones de los precios de mercado, y
desarrollará un sistema de compras estatales de dichos excedentes. Los
Planes deberán promover la realización de otras actividades económicas
distintas a las agrícolas y pecuarias, de procesamiento industrial o en
el campo de los servicios, de acuerdo con las potencialidades de los
territorios y zonas. Las diferentes actividades económicas de los
"Planes de desarrollo alternativo" deberán garantizar ingreso y trabajo
digno para las comunidades campesinas y los núcleos familiares que las
conforman. Mientras se alcanza la sostenibilidad económica, habrá una
renta básica y un fondo comunitario de compensación. En el caso de los
trabajadores de cultivos, recolectores, amedieros y demás obreros, se
contemplará adicionalmente un programa de acceso a la propiedad sobre la
tierra, en los términos contemplados en los acuerdos parciales. En todo
caso, los "Planes de desarrollo alternativo" no se medirán con el
parámetro del costo-beneficio en el sentido capitalista, sino
considerando su aporte para enfrentar la problemática derivada de los
usos ilícitos de los cultivos de hoja de coca, amapola y marihuana.
Los "Planes de
desarrollo alternativo" contendrán programas y proyectos para la
dotación de infraestructura física, especialmente de comunicación y
transporte; de infraestructura social, especialmente de vivienda, salud,
educación, cultura y recreación. De igual manera, programas y proyectos
para garantizar las sostenibilidad socioambiental, incluyendo lo
necesario para la recuperación ambiental de los territorios y zonas
cuando ello fuere necesario. Especial atención merecerá la protección de
bienes comunes como el agua, la biodiversidad y las semillas nativas.
Todos los programas y
proyectos que conforman los "Planes de desarrollo alternativo" serán
ejecutados por las propias comunidades y contarán la debida asistencia
técnica y tecnológica. En ese aspecto, representarán una forma de
generación de empleo e ingreso, que incluye a los trabajadores de los
cultivos, recolectores, amedieros y demás obreros. Los "Planes de
desarrollo alternativo" se financiarán con los recursos provistos por
los Fondos locales, en consonancia con las asignaciones establecidas en
forma concertada. Dichos recursos serán ejecutados de manera directa por
las propias comunidades. La contratación de los dineros públicos se
hará con las asociaciones u organizaciones de las comunidades
campesinas.
- 4.2.Sustitución de usos ilícitos a través de regulaciones estatales de la producción y el mercado
En el caso de los
territorios y zonas en los que se defina la sustitución voluntaria los
usos ilícitos de los cultivos de hoja de coca, amapola y marihuana, a
través de la intervención directa del Estado para regular la producción y
el mercado, el fundamento económico de los "Planes de desarrollo
alternativo" se encuentra en el reconocimiento de las cualidades
alimenticias, nutricionales, medicinales, terapéuticas y culturales,
según el caso, de estos cultivos, tal y como se encuentra comprobado por
investigaciones académicas y científicas, y por prácticas existentes en
el territorio nacional y a nivel internacional. En este sentido, se
trata de materializar las potencialidades económicas de procesamientos
artesanales e industriales de estos cultivos. Los "Planes de desarrollo
alternativo" deberán definir de manera precisa las áreas de producción,
las cuales serán reguladas de manera directa por el Estado y por las
propias comunidades involucradas en el Programa. De igual forma se
procederá con los procesamientos artesanales o industriales destinados
al mercado interno o a los mercados internacionales. En todo caso, la
definición de las cantidades a producir se establecerá en función de
estudios de demanda potencial tanto del mercado interno como del mercado
internacional. Ello conlleva la conformación de un mercado legal de
hoja de coca, amapola y marihuana, controlado por el Estado a través de
un sistema de precios de sustentación y de compras estatales.
- 4.3.Consideraciones especiales en Parques Nacionales Naturales
En atención a la
importancia estratégica del Sistema de Parques Nacionales Naturales, del
patrimonio ambiental y ecológico de la Nación, de su condición de
bienes comunes del pueblo colombiano, el Programa contemplará
condiciones especiales encaminadas a garantizar su protección y
conservación. Ello implica la prohibición expresa de actividades de
exploración y extracción minero-energética, el emprendimiento de
acciones de recuperación o restauración socioambiental de las zonas
afectadas, la consideración de procesos de sustracción, donde se
demuestren cambios irreversibles en el uso del suelo como resultado de
actividades productivas campesinas, incluidos los cultivos de hoja de
coca, amapola y marihuana. La protección y conservación de Parques
Naturales no implica la relocalización o reubicación de comunidades
campesinas y de los núcleos familiares que las conforman, sino diseños
que hagan compatibles su habitación, en condiciones de existencia digna y
de buen vivir, con los propósitos de protección y conservación. Para
ello, se deberán proveer recursos adicionales complementarios. Sólo de
manera excepcional y previa consulta y acuerdo con las comunidades se
podrán contemplar procesos de reubicación, en condiciones a pactar con
ellas, atendiendo el principio de favorabilidad.
- 5.Mecanismos e instrumentos de financiación del Programa
La financiación del
Programa correrá en su totalidad por cuenta del Estado. Para tal efecto
se conformará un Fondo Nacional. Las fuentes de financiación del Fondo
serán las siguientes:
- a)Asignaciones establecidas en el Plan de Inversiones del Plan Nacional de Desarrollo
- b)Asignaciones específicas del presupuesto general de la Nación
- c)Recursos provenientes del Sistema General de Regalías.
- d)Recursos
provenientes de la reducción del gasto en seguridad y defensa, en
proporción igual a los ahorros fiscales generados por la
desmilitarización de los territorios y zonas objeto del programa.
- e)Recursos
provenientes de la suspensión inmediata de los programas de aspersión
aérea con agentes químicos, especialmente con glifosato, y de la
erradicación forzada.
- f)Aportes de la
comunidad internacional, especialmente de los países consumidores del
capitalismo central y de sus Estados; igualmente de empresas
transnacionales y de organismos no gubernamentales.
- g)Recursos
provenientes de las incautaciones hechas a los narcotraficantes en
Colombia y en el exterior. Los bienes incautados que estén en poder de
la Dirección Nacional de Estupefacientes pasan a ser parte del Fondo.
- h)Sin perjuicio de
los aportes del presupuesto general de la Nación, en el nivel
territorial y local, el Programa contará con fondos provenientes de los
presupuestos departamentales y municipales, de los departamentos y
municipios comprometidos en su implementación. Los aportes de las
comunidades campesinas y los núcleos familiares que las conforman serán
con trabajo a ser remunerado por el Estado.
Los recursos del Fondo
Nacional serán administrados y distribuidos por el Consejo Nacional del
Programa, atendiendo los propósitos y objetivos generales del Programa y
los requerimientos de los Consejos Territoriales.
Se establecerán Fondos
Territoriales, conformados por las asignaciones específicas
provenientes del Fondo Nacional, administradas por el respectivo Consejo
Territorial, y por los aportes correspondientes de los presupuestos
departamentales. Los recursos del Fondo Territorial serán distribuidos
atendiendo los requerimientos de los Consejos Locales.
Se establecerán Fondos
Locales, conformados por las asignaciones específicas del Fondo
Territorial, administradas por el respectivo Consejo Local, y por los
aportes correspondientes de los presupuestos municipales. Los recursos
del Fondo Local serán distribuidos atendiendo los requerimientos de las
Asambleas y los Consejos Comunitarios. Sobre éstos recae la
administración directa y autónoma de los recursos en función de los
planes y proyectos definidos por las propias comunidades. Para efectos
legales, las relaciones contractuales a que hubiere lugar se realizarán
con las asociaciones campesinas que representen a las comunidades y los
núcleos familiares que las conforman.
- 6.Seguimiento y control
Sin perjuicio de las
funciones de seguimiento y control del Programa, que le corresponden a
las Asambleas y Consejos comunitarios, a los Consejos Locales, a los
Consejos Territoriales y al Consejo Nacional del Programa, se conformará
de manera concertada una "Veeduría internacional de seguimiento y
control del Programa" en todos sus niveles. La veeduría estará
conformada por representantes de la Oficina de Naciones Unidas contra la
Droga y el Delito (UNODC), de la Unasur, y de la comunidad académica.
La Veeduría presentará informes semestrales de cumplimiento de metas y
compromisos del Programa y podrá hacer recomendaciones para su mejor
cumplimiento.
DELEGACIÓN DE PAZ DE LAS FARC-EP
ANNCOL
No hay comentarios:
Publicar un comentario