Si en los
EE.UU. alguien grita ¡Fuego! en una sala de cine, sin ser cierto, tiene
muchísimas papeletas para ganarse unas vacaciones en la cárcel. ¿Pero y la
sacrosanta libertad de expresión, no es esa una de las banderas que usa el
gobierno de Washington para satanizar regímenes que no son de su agrado?
Entonces, ¿por qué no se puede gritar ¡Fuego! en el cine sin ser arrestado? Muy
sencillo, porque pone en peligro a multitud de personas, y además, porque nadie
tiene el derecho de crear pánico en un lugar público. El respeto al derecho
ajeno es la paz, dijo Benito Juárez, pero crear pánico no es derecho de nadie,
como tampoco lo es que un ciudadano o una institución ponga en peligro la
seguridad nacional de un país, ni en nombre de la libertad de expresión,
ni en nombre de nada.
No
hay país en el mundo que se pueda dar el lujo de aceptar que cualquier
ciudadano se arrogue ese derecho. La seguridad nacional está por encima de
todo, pues del mantenimiento de ella depende la seguridad de todos los que
componen un país. Se puede pensar que un gobierno cualquiera abuse del
derecho que tiene el Estado de defenderse, en realidad, se corre ese riesgo, y
en innumerables casos en la historia ha sucedido, ya que es una línea muy tenue
la que separa la represión gubernamental de la defensa de la seguridad del
país.
Lo
que sucede es que el Estado no es una institución muerta. Sin sus ciudadanos,
el Estado no es más que una palabra hueca y es deber del mismo proteger a esos
ciudadanos, aunque en muchas ocasiones pueda caer en excesos.
Aunque
la famosa Primera Enmienda de la Constitución de EE.UU. garantiza el derecho a
expresarse libremente, de hecho, tiene numerosas limitaciones. La Corte Suprema
de Justicia reconoció que el gobierno puede prohibir toda expresión que altere
la paz o provoque violencia. En 1919 fue presentada ante La Corte una apelación para derogar
un ley que violaba la libertad de expresión de una persona llamada Charles
Schenck. El susodicho ciudadano había publicado folletos que estaban desafiando
el sistema de servicio militar obligatorio y por lo mismo había sido acusado y
condenado. La Corte Suprema ratificó la condena, basándose en que el individuo
había violado el Acta de Espionaje que se había promulgado dos años antes en
1917. Esa ley sentencia a cualquier ciudadano que cause "insubordinación,
deslealtad o la negativa al servicio militar". La Corte Suprema ha
dictaminado que la libertad de reunión no incluye el derecho de asociación. El
gobierno puede prohibir que las personas se asocien para participar y promover
actividades ilegales en forma deliberada. Más claro, ni el agua. Si el gobierno
prueba que las actividades de una asociación son ilegales, pues la asociación
es eliminada.
En
estos momentos se ha destapado un gran escándalo en los EE.UU. porque
salió a relucir que el Departamento de Justicia ordenó a Prensa
Asociada que le entregara los records de más de 20 líneas telefónicas
pertenecientes a dicha organización periodística, las cuales son usadas por más
de 100 periodistas que trabajan para la misma. ¿Qué buscaban? Según se ha sabido,
el gobierno quería saber quién le había proporcionado a la AP la información de
que la CIA había desarrollado una operación en Yemen para descubrir y parar una
acción terrorista que se estaba preparando en aquel país. Aparentemente, esa
información era totalmente confidencial, y además, desmentía las declaraciones
de La Casa Blanca, en las que se negaba que existiera plan alguno por parte de
las organizaciones terroristas de realizar una acción que coincidiera con el
primer aniversario del asesinato de Bin Laden en Pakistán el 2 de mayo de 2011.
La pregunta que hay que hacerse es si el reportaje de la AP puso en peligro la
seguridad nacional o no. A mi modo de ver, no es el reportaje el que puso en
peligro la seguridad nacional, sino la o las personas que dieron información
clasificada a los periodistas que escribieron el reportaje. El gobierno de
EE.UU. o de cualquier país del mundo debe tener el derecho de descubrir a los
traidores que sacan a la luz pública información de acceso restringido o
confidencial. La tan cacareada libertad de prensa no debe ser usada para
encubrir traidores a su país. En casos no tan sensible, el periodista no
debe de ser penalizado por no revelar sus fuentes, pero en mi opinión, en casos
de seguridad nacional no se puede dar ese gusto.
*Lázaro
Fariñas periodista cubano residente en EE.UU.
Enviado por el autor a: Martianos-Hermes-Cubainformación
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