lunes, 20 de mayo de 2013

Libertad de expresión vs. seguridad nacional



Si en los EE.UU. alguien grita ¡Fuego! en una sala de cine, sin ser cierto, tiene muchísimas papeletas para ganarse unas vacaciones en la cárcel. ¿Pero y la sacrosanta libertad de expresión, no es esa una de las banderas que usa el gobierno de Washington para satanizar regímenes que no son de su agrado? Entonces, ¿por qué no se puede gritar ¡Fuego! en el cine sin ser arrestado? Muy sencillo, porque pone en peligro a multitud de personas, y además, porque nadie tiene el derecho de crear pánico en un lugar público. El respeto al derecho ajeno es la paz, dijo Benito Juárez, pero crear pánico no es derecho de nadie, como tampoco lo es que un ciudadano o una institución  ponga en peligro la seguridad nacional de un país, ni en  nombre de la libertad de expresión, ni  en nombre de nada.
No hay país en el mundo que se pueda dar el lujo de aceptar que cualquier ciudadano se arrogue ese derecho. La seguridad nacional está por encima de todo, pues del mantenimiento de ella depende la seguridad de todos los que componen un país.  Se puede pensar que un gobierno cualquiera abuse del derecho que tiene el Estado de defenderse, en realidad, se corre ese riesgo, y en innumerables casos en la historia ha sucedido, ya que es una línea muy tenue la que separa la represión gubernamental de la defensa de la seguridad del país.
 Lo que sucede es que el Estado no es una institución muerta. Sin sus ciudadanos, el Estado no es más que una palabra hueca y es deber del mismo proteger a esos ciudadanos, aunque en muchas ocasiones pueda caer en excesos.
Aunque la famosa Primera Enmienda de la Constitución de EE.UU. garantiza el derecho a expresarse libremente, de hecho, tiene numerosas limitaciones. La Corte Suprema de Justicia reconoció que el gobierno puede prohibir toda expresión que altere la paz o provoque violencia. En 1919 fue presentada ante La Corte una apelación para derogar un ley que violaba la libertad de expresión de una persona llamada Charles Schenck. El susodicho ciudadano había publicado folletos que estaban desafiando el sistema de servicio militar obligatorio y por lo mismo había sido acusado y condenado. La Corte Suprema ratificó la condena, basándose en que el individuo había violado el Acta de Espionaje que se había promulgado dos años antes en 1917. Esa ley sentencia a cualquier ciudadano que cause "insubordinación, deslealtad o la negativa al servicio militar". La Corte Suprema ha dictaminado que la libertad de reunión no incluye el derecho de asociación. El gobierno puede prohibir que las personas se asocien para participar y promover actividades ilegales en forma deliberada. Más claro, ni el agua. Si el gobierno prueba que las actividades de una asociación son ilegales, pues la asociación es eliminada.
En estos momentos se ha destapado un gran escándalo  en los EE.UU. porque salió a relucir que el Departamento de Justicia ordenó a  Prensa Asociada  que le entregara los records de más de 20 líneas telefónicas pertenecientes a dicha organización periodística, las cuales son usadas por más de 100 periodistas que trabajan para la misma. ¿Qué buscaban? Según se ha sabido, el gobierno quería saber quién le había proporcionado a la AP la información de que la CIA había desarrollado una operación en Yemen para descubrir y parar una acción terrorista que se estaba preparando en aquel país. Aparentemente, esa información era totalmente confidencial, y además, desmentía las declaraciones de La Casa Blanca, en las que se negaba que existiera plan alguno por parte de las organizaciones terroristas de realizar una acción que coincidiera con el primer aniversario del asesinato de Bin Laden en Pakistán el 2 de mayo de 2011. La pregunta que hay que hacerse es si el reportaje de la AP puso en peligro la seguridad nacional o no. A mi modo de ver, no es el reportaje el que puso en peligro la seguridad nacional, sino la o las personas que dieron información clasificada a los periodistas que escribieron el reportaje. El gobierno de EE.UU. o de cualquier país del mundo debe tener el derecho de descubrir a los traidores que sacan a la luz pública información de acceso restringido o confidencial. La tan cacareada libertad de prensa no debe ser usada para encubrir traidores a su país.  En casos no tan sensible, el periodista no debe de ser penalizado por no revelar sus fuentes, pero en mi opinión, en casos de seguridad nacional no se puede dar ese gusto. 

*Lázaro Fariñas periodista cubano residente en EE.UU.

Enviado por el autor a: Martianos-Hermes-Cubainformación

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