El Congreso español aprobó definitivamente este jueves, con los votos
del Partido Popular (PP), la Ley de Seguridad Ciudadana, la reforma del
Código Penal y el pacto antiterrorista. De este modo derechos
fundamentales como libertad de información, expresión y manifestación
serán limitamos como nunca desde el final del franquismo. Entrará en
vigor el 1 de julio.
El único consenso logrado por las propuestas es el rechazo de
partidos políticos, organizaciones sociales y de juristas. A los más de
80 colectivos que integran la plataforma No somos delito se suman organizaciones como Amnistía Internacional, catedráticos de derecho penal de 35 universidades e incluso expertos de la ONU.
Todos coinciden en que la nueva normativa que limita los derechos
civiles es ambigua e imprecisa y que permite arbitrariedades en su
aplicación.
El abogado penalista, Endika Zulueta, advierte en el programa radial Carne Cruda
que “las versiones policiales han pasado a ser una mera hipótesis de
trabajo a convertirse en la tesis. Cuando la policía dice que esto ha
sucedido así, es que ha sucedido así”.
La nueva norma divide las acciones prohibidas en tres tipos. Algunos
ejemplos: leve (sanciona con multas de 100 a 600) manifestaciones no
autorizadas previamente o desvío de las mismas, trato irrespetuoso a los
agentes de policía, irrupción en edificios; graves (de 601 a
30 mil euros) evitar un desahucio, manifestarse frente a sedes
parlamentarias cuando perturben gravemente la seguridad ciudadana,
desobediencia a la autoridad, aunque sea pacífica; y muy graves (30.001 a
600 mil euros) protestas no comunicadas cerca de lugares donde se
preste un servicio básico para la comunidad, como aeropuertos, centrales
nucleares, refinerías, medios de comunicación.
En el mismo programa, Victoria Rosell, portavoz de Jueces por la
Democracia: “La multas tiene un efecto disuasorio evidente. Tu reacción,
en principio, es de miedo de volver a participar en una manifestación.
Además explica que “la multa delante de un juez tiene relación directa
con el patrimonio legal del sancionado y sin embargo en la
administración, no”.
La otra norma aprobada es la reforma del Código Penal que incluye
nuevos delitos que criminalizan la protesta. Una parte de la
modificación es fruto del pacto antiterrorista firmado por el PP y el
PSOE. Así queda aprobada la prisión permanente revisable (cadena
perpetua) para delitos de terrorismo con victimas mortales.
También, por ejemplo, contempla penas de tres a seis meses de cárcel
para quien ocupe propiedades públicas o privadas perturbando su
actividad aunque se encuentren en horario abierto al público. Este tipo
de protesta se viene realizando en los últimos años por afectados por la
hipoteca en bancos o personal sanitario en hospitales en rechazo a los
recortes en la sanidad pública.
Pero no solo castiga a quien participe sino también a “quien difunde
mensajes que inciten a la comisión de un delito de alteración del orden
público o que refuerce la decisión de llevarlo a cabo. Es decir que una
persona que difunda una manifestación por facebook o twitter puede ser
considerado que está cometiendo un delito de alteración del orden
público si se produce algún altercado en dicha acción” afirman desde No somos delito.
Malos tiempo para el periodismo
El paquete de reformas no solo limita la libertad de expresión de
movimientos sociales y políticos sino también el ejercicio del
periodismo.
La Plataforma en defensa de la libertad de expresión (PDLI)
denuncia que el nuevo Código Penal considera las filtraciones
periodísticas como delitos de terrorismo. Un ejemplo reciente sería la
“lista Falciani”. El artículo 573 considera como terrorismo los delitos
informáticos. Éstos incluyen a quien “acceda sin autorización a datos o
programas informáticos contenidos en un sistema informático”, artículo
197 bis.
Puede cometer delito de terrorismo, según el artículo 575, quien
“acceda de forma habitual” a páginas web de contenido terrorista. Para
PDLI “nada impide que cualquiera que lea estos contenidos, por ejemplo
con finalidad informativa o periodística, pueda ser acusado”.
Tampoco es claro el artículo 579 que considera que puede ser acusado
de terrorismo “quien difunda públicamente mensajes (…) que (…) por su
contenido, sean idóneos para incitar a otros a la comisión de alguno de
los delitos de este capítulo.
Para la Plataforma en defensa de la libertad de la información, “el
hecho de que periodistas o cualquier persona realizando labores
informativas puedan ser considerados terroristas, aunque no resultaran
condenados, es muy grave: la simple posibilidad de ser acusados
representa la suspensión de garantías democráticas, como pinchazos
telefónicos sin autorización judicial o detención incomunicada durante
cinco días”.
La Asociación de la Prensa de Madrid (APM)
rechazó inmediatamente la aprobación de la Ley Mordaza “por sancionar
la toma de fotografías o la grabación de agentes y fuerzas de seguridad
en el ejercicio de sus funciones”.
La nueva ley considera una infracción grave “el uso no autorizado de
imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de
las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que pueda poner en peligro la
seguridad personal o familiar de los agentes (…) con respeto al derecho
fundamental a la información”. La multa puede ser de hasta 30 mil euros y
no será un juez quien lo valore.
Luciano Coccio, desde Barcelona – @LuchismoD
Tomado de http://notas.org.ar
LIBERTAD DE EXPRESION
ResponderEliminar“Pobre voz confinada a ser oída en la nada”
Voces encadenadas
a silencio tan cruento,
las almas condenadas,
el callar es tormento.
Obrar con libertad,
garantía majestad,
libertad de expresión,
sueño de mí Nación.
Obstruye el pensamiento
la maldita censura,
limita el intelecto,
es del diablo su hechura.
El miedo paraliza,
el cerebro agoniza,
pobres hombres silentes,
todos son insipientes.
Dictadura en la cumbre,
ya se hizo costumbre,
legislando se abraza
la pinche “ley mordaza”.
Prohibir información,
cegar puntos de vista,
la perversa intención
de “estadistas” fascistas.
Que la boca cerremos,
quieren esos cabrones,
que dientes apretemos,
“chitón” a las razones.
¿Expresarte? . . . ¡jamás!,
nada puedes decir,
tal vez se escuchen más
tus quejas al morir.
El yugo del bozal
llegó a la yugular,
si te impiden hablar
las ideas desangrar.
Mas, el ser de conciencia
no lo permitirá,
pues perdiendo su esencia,
a servil llegará.
Un pueblo sometido
siempre será vencido,
represión del gobierno
¡mandémosla al averno!
Venturoso aquel día,
en que, sin cobardía,
usemos la palabra
sin censura macabra.
Autor: Lic. Gonzalo Ramos Aranda
México, Distrito Federal . . .
Reg. SEP Indautor No. 03-2008-101313351700-01